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Foto por Kampus Production en Pexels

Seguros para empresas

RC General y Profesional

Respaldo para tu empresa o tu profesión si un tercero te reclama por un daño. Te explicamos cómo funciona.

Sin costo inicial. Sin compromiso. Orientación humana.

La responsabilidad civil es la obligación de reparar el daño que le causas a otra persona. Un seguro de responsabilidad civil respalda a tu empresa o a ti como profesional cuando alguien te reclama por ese daño, incluidos los costos de defensa.

Hay dos grandes variantes: la general, que responde por daños derivados de tu operación, y la profesional, que responde por errores u omisiones al prestar tu servicio. Aquí te explicamos en qué se diferencian y qué mirar al contratar.

Responsabilidad civil general y profesional: la diferencia

  • General: daños a terceros por tu actividad, tus instalaciones o tus productos. Por ejemplo, un cliente que se lesiona en tu local.
  • Profesional: perjuicios económicos causados por errores, omisiones o negligencia al prestar un servicio. Por ejemplo, una asesoría con un error que genera pérdidas.

Muchas empresas necesitan ambas. El tipo de actividad define cuál pesa más.

Quién suele necesitarla

  • Empresas con locales abiertos al público, restaurantes, comercios o eventos.
  • Constructoras, contratistas y empresas que ejecutan trabajos en predios de terceros.
  • Profesionales independientes y firmas de servicios: consultores, abogados, contadores, ingenieros, entre otros.
  • Empresas que fabrican, distribuyen o venden productos.

En ocasiones un contrato o una licitación la exige como requisito.

Ocurrencia o reclamación: una diferencia clave

La póliza puede responder según la fecha en que ocurrió el hecho dañino (ocurrencia) o según la fecha en que se presenta la reclamación (reclamación). Esto cambia qué pasa con reclamos que llegan meses después del hecho o después de terminar la póliza.

Pregunta cuál modalidad tiene tu póliza
En las pólizas por reclamación, la fecha de retroactividad y el periodo posterior a la vigencia son detalles decisivos.

Límite asegurado y deducible

El límite asegurado es el máximo que la póliza paga por evento y, normalmente, por vigencia. Se define según el tamaño de tu operación, los contratos que manejas y el daño que podrías causar.

El deducible es la parte que asumes tú en cada reclamación. Un límite muy bajo puede dejarte sin respaldo ante una reclamación grande.

Costos de defensa

Muchas pólizas cubren los gastos de abogados y del proceso, además de la indemnización. Verifica si esos costos están dentro del límite o se suman a él: esa diferencia importa en casos largos.

Errores frecuentes

  • Elegir un límite sin relacionarlo con el riesgo real de la operación.
  • No declarar todas las actividades de la empresa.
  • Ignorar la modalidad por ocurrencia o por reclamación.
  • Asumir que cubre daños a bienes propios o sanciones.
  • No avisar de una reclamación a tiempo.

Cómo te ayuda Protegemos

Te ayudamos a definir qué riesgos cubrir y con qué límites, y te acompañamos si llega una reclamación.

  1. Revisamos tu actividad, tus contratos y los riesgos frente a terceros.
  2. Comparamos alternativas y te explicamos modalidad, límites, deducibles y exclusiones.
  3. Te acompañamos en la contratación y en el aviso y trámite de reclamaciones.

Qué cubre

  • Daños materiales y lesiones a terceros por tu actividad, según el plan.
  • Perjuicios económicos por errores u omisiones profesionales, en la modalidad profesional.
  • Costos de defensa y del proceso, según las condiciones.
  • Daños causados por contratistas o subcontratistas, cuando la póliza lo incluya.

Qué NO cubre

  • Daños causados a propósito por quien está asegurado.
  • Daños a bienes propios del asegurado.
  • Multas y sanciones.
  • Incumplimientos de contrato que no generen un daño cubierto.
  • Hechos fuera del periodo de cobertura o de la fecha de retroactividad.

Documentos para contratar

  • Certificado de existencia y representación legal, o documento de identidad si eres persona natural.
  • RUT.
  • Descripción de la actividad y de los servicios o productos.
  • Ingresos o ventas anuales aproximados.
  • Historial de reclamaciones, si lo hay.

Preguntas frecuentes

La general cubre daños a terceros por tu operación; la profesional cubre perjuicios por errores u omisiones al prestar tu servicio.

No. Para proteger tus propios bienes necesitas otro tipo de seguro, como el todo riesgo empresarial.

Que responde según la fecha en que se presenta el reclamo, y no la del hecho. Revisa la fecha de retroactividad de la póliza.

Se define según tu actividad, el tamaño de tu operación y los contratos que manejas. Te ayudamos a calcularlo.

Avisa a la aseguradora de inmediato y no reconozcas responsabilidad ni acuerdes pagos sin orientación.

Depende de la póliza. Algunas cubren la responsabilidad por contratistas bajo ciertas condiciones; verifica ese punto.

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