Saltar al contenido principal

Pensiones y cesantías con acompañamiento especializado.

Información y orientación para afiliaciones, traslados y gestión de cesantías.

Sin costo inicial. Sin compromiso. Orientación humana.

Nuestras soluciones

Afiliación

Afiliación a EPS, AFP, ARL y cesantías. Te explicamos el orden correcto, los documentos que necesitas y los plazos legales.

Leer guía

Traslado de fondo

Cambio de AFP, EPS, ARL o fondo de cesantías. Ventanas de tiempo, requisitos y consideraciones de cada traslado.

Leer guía

Cesantías

Cálculo, liquidación y uso de cesantías. Orientación sobre intereses, prima y plazos legales para empleados y empleadores.

Leer guía

Pensión

Orientación sobre régimen pensional, cálculo de semanas cotizadas, expectativas de pensión y opciones de jubilación.

Leer guía

¿Necesitas orientación?

Para enviar, acepta la autorización de datos y completa la verificación.

Preguntas frecuentes

Primero debes afiliarte a una EPS (salud), luego a una AFP (pensión), después a la ARL (riesgos laborales) y finalmente al fondo de cesantías. En algunos casos la ARL puede ir antes, dependiendo del nivel de riesgo de la actividad.

Puedes cambiarte cada dos años, contados desde tu última afiliación o traslado. Existen ventanas específicas y no puedes hacerlo en cualquier momento del año.

Las cesantías equivalen a un mes de salario por cada año trabajado. Si trabajaste menos de un año, se calculan proporcionalmente: (salario mensual × días trabajados) ÷ 360.

Depende del régimen y del año. En el régimen de prima media (Colpensiones) se requieren 1.300 semanas (aproximadamente 25 años). En el RAIS el monto de la pensión depende del ahorro acumulado en tu cuenta individual.

La afiliación debe realizarse antes de que el empleado inicie sus labores. No hay un plazo de gracia: si el trabajador comienza a prestar servicios sin estar afiliado, el empleador asume los riesgos.

El traslado entre regímenes pensionales solo es posible bajo condiciones específicas y ventanas de tiempo definidas por la ley. Además, cada traslado tiene implicaciones en tu expectativa pensional.

El empleador debe consignar las cesantías antes del 14 de febrero de cada año, correspondientes al año anterior. Si no lo hace, puede ser sancionado.

Depende de tu edad, semanas cotizadas y expectativas. El régimen de prima media ofrece una pensión basada en el promedio de tus ingresos, mientras que el RAIS entrega lo que hayas ahorrado más rendimientos. Cada uno tiene ventajas y desventajas según tu perfil.

Herramientas relacionadas

Calculadora de Pensiones

Calcula tu pensión en Colombia. Compara RPM vs RAIS, proyecta tu mesada pensional y descubre el beneficio tributario de la pensión voluntaria.

Usar la calculadora
Calculadora de Cesantías

Calcula y proyecta tus cesantías en Colombia. Compara fondos, optimiza rendimientos y aprende cómo retirarte para vivienda o educación.

Usar la calculadora

¿Necesitas orientación?

Para enviar, acepta la autorización de datos y completa la verificación.

Solicitar asesoría